PAMI

Presentar ORDEN MÉDICA ELECTRÓNICA (OME) confeccionada por médico de cabecera de PAMI o hospital/clinica/sanatorio donde el paciente capita por PAMI. Presentarla IMPRESA en laboratorio porque NO tenemos acceso al sistema de PAMI.

Validez de las ordenes:

  • 150 días (orden OME) para ordenes emitidas a partir del 01/04/2023. La ordenes emitidas con anterioridad a dicha fecha tienen validez de 90 días corridos.

Sólo los afiliados fuera de padrón tienen que adjuntar FOTOCOPIA de:

  • documento

  • carnet de PAMI

  • último recibo de cobro (mes en curso o anterior).

Extracciones A DOMICILIO. Para que PAMI lo cubra debe estar indicado por el médico, de lo contrario se abona de forma particular.

Actualización 19/01/2023:

  • Se aceptan las OME (Orden Médica Electrónica) SIN firma y sello del médico solicitante ya que la misma cuenta con la información del profesional impreso en la parte inferior. 

NOTA

  • SOLO se atiende PAMI UGL X y XXXVII

  • El/la beneficiario/a de PAMI con domicilio en Capital Federal (UGL VI) o en el resto de las provincias argentinas (pacientes en tránsito), para poder ser atendido en laboratorio debe presentar la prescripción en la ORDEN DE PRESTACION ELECTRONICA (OPE) Formulario 156/26, con la firma del beneficiario o familiar. Solamente serán válidas las OPE emitidas a nombre de CEABI D II - Centro de Especialistas en Análisis Biológicos Distrito II prestador 75664.

  • Se informa que PAMI ha implementado una nueva Credencial Digital. Los afiliados podrán generarla desde la APP de PAMI y podrán acceder a la atención en el laboratorio con el sólo hecho de exhibirla en su teléfono celular, acompañada del DNI. Cabe aclarar que ambas credenciales, tanto plástica como digital, como así también la credencial provisoria con código QR y la credencial Provisoria Ticket tienen la misma validez al momento de la atención.

  • Determinaciones de nivel III como vitamina D y ferritina NO pueden ser solicitadas por médico de cabecera:

    > Si el médico de cabecera prescribiera prácticas del Nivel III, solo pueden ser transcriptas por el Médico Especialista.

    > Los médicos auditores de PAMI no autorizarán prestaciones de Nivel III realizadas por médicos de cabecera ni prácticas solicitadas por médicos particulares.

    Excepción: se realizan prácticas de Nivel III solicitadas por médico de cabecera SÓLO si están solicitadas en orden OME hasta nuevo aviso (resolución Distrito II - CEABI - ene, 2022)

Modelo Orden Médica Electrónica (OME)

Orden OME en forma física